La recién promulgada Ley del Derecho a la Vivienda ha modificado las reglas del juego en España en cuanto a las transacciones de alquiler. Una de las principales novedades es la prohibición expresa de cobrar comisiones o honorarios a los inquilinos por parte de las inmobiliarias. Hasta ahora, era común que se les cobrara a los inquilinos una mensualidad más IGIC en muchos casos.

La mayoría de las agencias inmobiliarias han adaptado sus prácticas para cumplir con la nueva ley. Esto se refleja en muchos anuncios de alquiler que ahora especifican que la comisión será pagada por la parte arrendadora.
Sin embargo, no se puede descartar que algunas agencias intenten encontrar formas de continuar cobrando a los inquilinos. Por lo tanto, es crucial entender cuándo una inmobiliaria no puede cobrar una comisión a los inquilinos y qué acciones se pueden tomar si se infringe la ley exigiendo el pago de dichas comisiones.
Listos para un poco de know-how sobre la nueva Ley de Vivienda en España? ¡Vamos a hablar sobre el alquiler y las comisiones de las inmobiliarias! Las cosas han cambiado y es importante que te enteres.
1.- ¿CUÁNDO NO TE PUEDEN COBRAR LA COMISIÓN DE ALQUILER?
El «game changer» aquí es que en los alquileres de vivienda habitual, la inmobiliaria tiene que cobrarle al dueño, no a ti. Pero ojo, hay excepciones, como los alquileres temporales (usualmente para estudiantes o personas que se han tenido que mover por trabajo), alquileres de habitaciones o alquileres de locales, oficinas, garajes, etc.
2.- ¿QUÉ PASA EN TU COMUNIDAD AUTÓNOMA?
Aquí va la verdad: la prohibición de cobrar a los inquilinos está en la Ley de Arrendamientos Urbanos, que aplica en toda España. Así que no te dejes engañar, no importa en qué comunidad autónoma estés.
3.- LOS «TRUCOS» DE ALGUNAS AGENCIAS
Estas son algunas tácticas que podrían usar para sacarte pasta:
– Cobrarte por la reserva del alquiler.
– Obligarte a aceptar los honorarios de agencia.
– Cobrarte por “búsqueda de vivienda” o “asesoramiento inmobiliario”.
– Obligarte a contratar un “servicio de atención a inquilinos».
– Cobrarte por entregar las llaves o por pedir cita para el empadronamiento.
4.- ¿Y SI LA INMOBILIARIA QUIERE COBRARTE LOS HONORARIOS?
Aquí te dejo algunas ideas de cómo actuar:
– Haz y guarda una copia del anuncio de la vivienda.
– Reclama por escrito a la agencia para que te devuelva lo que has pagado.
– Prueba con grabar la conversación con la persona de la agencia.
– Dirígete a organizaciones como OCU.
¡Y recuerda! Nunca te quedes callado si crees que algo no está bien. ¡Buena suerte con tu alquiler!
